Nos parece positivo que haya un Salario Mínimo Interprofesional (SMI), pues entendemos que es un avance para una sociedad que cree que un salario justo debe garantizar un mínimo nivel de vida. Es ingenuo pensar que reservar la negociación del salario a las “fuerzas del mercado” va a dar lugar a un equilibrio de pleno empleo. En primer lugar, el desequilibrio en el poder de negociación, favorable al empresario y muy desfavorable para los trabajadores, hace improbable que se pudiera alcanzar un salario digno, especialmente en sectores de baja cualificación. Además, frente a la visión del salario como un coste, la concepción complementaria del mismo como fuente de demanda agregada permite refutar sin demasiadas dificultades la visión neoliberal del SMI como barrera al empleo: al incrementarse la renta de los sectores sociales con mayor propensión a consumir, una senda de crecimiento racional del SMI genera una mayor demanda agregada y, por ende, favorece los beneficios privados y la creación de empleo. Así, incluso, produce un doble efecto positivo sobre la recaudación por cotizaciones sociales. Si bien el problema de las pensiones es el de crear un excedente real de bienes y servicios para suministrar a la población inactiva y no su financiación, como explicamos en una editorial pasada, mientras no se aborde el marco institucional que se encarga de este aspecto deberá buscarse provisionalmente la sostenibilidad del Sistema de la Seguridad Social.
El problema del salario mínimo es que su aplicación depende de la capacidad del Estado para hacer cumplir una norma que empresarios sin escrúpulos se pueden saltar sin demasiadas dificultades, dadas las constantes irregularidades contractuales (o incluso la falta de contrato) que se dan en nuestro mercado laboral. Y ello por no hablar de las complejidades normativas que se generan para trasladar el cálculo del incremento salarial, referenciados a los trabajadores a tiempo completo, a aquellos que lo son a tiempo parcial o poseen fuertes irregularidades en la entrada y salida de la ocupación asalariada. Pero más importante es que el salario mínimo no resuelve el problema de fondo: la falta de empleo para todas las personas que desean obtener uno.
En nuestro criterio, el plan de trabajo garantizado (TG) resuelve los problemas del empleo y del salario mínimo simultáneamente. El TG establece salario que de facto se convierte en la referencia para el sector privado. Al ser un plan de acceso universal, todos los trabajadores descontentos con sus condiciones laborales podrían solicitar su incorporación a los programas del TG. Aquéllas empresas que quieran retener a sus trabajadores tendrán que ofrecer unas condiciones como mínimo iguales a las que ofrece el TG. Estas condiciones abarcan no solo la retribución, fijando también otras condiciones contractuales (alta en la SS, contrato indefinido y otras prestaciones). De esta forma el TG no solo resuelve el problema del SMI sin necesidad de establecerlo por ley, además garantiza unos estándares de contratación mínimos.
La publicación del Real Decreto 1077/2017, de 29 de diciembre, que fija el salario mínimo interprofesional para 2018, ya es efectiva. Según su Introducción, se establecen las “nuevas cuantías” del SMI para dicho año, las cuales, textualmente, “representan un incremento del cuatro por ciento respecto de las vigentes entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017”. Esta medida según su Disposición Final 2ª, “surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018, procediendo, en consecuencia, el abono del salario mínimo en el mismo establecido con efectos del 1 de enero de 2018”. De este modo no se establece, afortunadamente, una condicionalidad adicional para el año que acaba de comenzar. Esta cuestión de la condicionalidad ha suscitado una evidente controversia ya que, como en otros años, la aprobación del nuevo SMI sí ha venido precedida de un acuerdo con los agentes sociales. Hasta 2020 se ha establecido una senda de crecimiento del SMI sometidas al cumplimiento de determinados requisitos: aumento del 5% para el año 2019 (773 euros/mes y 10.819 euros/año), y del 10% para 2020, (850 euros/mes y 11.901 euros/año). Los requisitos a que están condicionados estas subidas son que la economía muestre un crecimiento del PIB real del 2,5% o superior y un incremento de la afiliación media a la Seguridad Social superior a las 450.000 personas en términos interanuales. En caso de no cumplirse estas condiciones la subida del SMI no se materializaría de forma automática, comenzando el Gobierno un nuevo proceso de negociación con los interlocutores sociales. Considerando que la mejoría de los beneficios que justifica adoptar esta medida se ha apoyado, como señalase el propio Banco de España, en un escenario de crecimiento sustentado por factores transitorios como la relajación de la austeridad fiscal, medidas excepcionales de política monetaria (QE) y una caída de los precios del petróleo y otras materias primas que parece revertirse, es evidente que existen muchas dudas a que estos incrementos del SMI se hagan efectivos.
La insuficiencia del 4% para 2018.
Aunque un incremento del 4% supone un crecimiento considerable que ha de celebrarse, es claramente insuficiente: desde el año 2009 hasta el año 2016 el salario mínimo creció un 5% y los precios lo hicieron en un 10,2%, por lo que en realidad se perdió capacidad adquisitiva. Actualmente el salario mínimo en España es muy reducido (no llega al 60% del salario medio tal y como recomiendan los organismos internacionales) por lo que incrementos del 4% y del 5% en dos años serían claramente insuficientes. De hecho, la subida real según las estimaciones de la evolución de los precios por la Comisión Europea será del 2,8%. Incluso, en perspectiva histórica, el SMI sólo ha variado un 3,54% en términos reales para todo el lapso histórico 1980-2018, pues su evolución nominal, tradicionalmente, ha sido muy inferior a la de los precios (salvo en los años 1983, 1990, 1991, 1997 y los periodos 2004-2009 y 2015-2017). En definitiva, estas subidas suponen, en el mejor de los casos, solo una cierta corrección sobre el agravio secular del poder adquisitivo del SMI. Y es que, justo por ello, cuando se comparan los salarios mínimos brutos teniendo en cuenta las diferencias en los niveles de precios, aplicando las paridades de poder adquisitivo (PPA) al gasto en consumo final de los hogares (GCFH), el SMI español resulta ser equivalente al de países como Polonia e inferior al de Malta o Eslovenia.
La medida tiene además un alcance relativo en tanto este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, de modo que si se realizase una jornada inferior se percibirá a prorrata, tal y como ocurre con la mayoría de los trabajadores a tiempo parcial. Es decir, para buena parte de los trabajadores el aumento de 28,2 euros irá en proporción a cómo su jornada se acerque a la legal de su sector, la cual, por otro lado, es difícilmente determinable dada la divergencia entre convenios sectoriales y empresariales en cada uno de ellos, abriendo la puerta al fraude en ese sentido. Igualmente, los empleadores pueden sortear el incremento del SMI a través de contrataciones ilegales, falsos autónomos, impago de horas extraordinarias, reducción de tiempo de trabajo sin reducción de la producción, etc. Cualquier incremento del SMI sin resolver todo este fraude laboral tendrá un impacto muy reducido: cualquier aumento del SMI puede quedar automáticamente diluido por las posibilidades que la legislación actual ofrece al empresario para evadir el cumplimiento de determinados Decretos.
Se podrá objetar que muchas empresas no podrían afrontar el pago de estos salarios lo cual les obligaría a innovar para sustituir mano de obra por capital o echar el cierre. Este efecto no es negativo pues consideramos que aquellas empresas que solo son viables empleando a personal en condiciones que una sociedad civilizada considera indignas deben ser sustituidas por otras que sí mantengan un empleo digno. Y es que en oposición al mantra neoliberal, justamente esa dualidad ya señalada en este texto que caracteriza a los salarios, siendo además de un coste un componente de la demanda agregada, provoca un efecto alcista del SMI sobre la misma. Aun desapareciendo las empresas que no sean viables en tales condiciones el empleo total no se resentiría, pues su cuota de mercado es absorbida por otras empresas (en las cuales, además, los trabajadores suelen disponer de mayor poder de negociación). Un SMI insuficiente es síntoma de un sistema de competencia basado en la devaluación salarial, no en la innovación y la creación de valor añadido. También éste es un camino para cambiar de modelo productivo.
El teatro del 5% para 2019 y 10% para 2020.
En lo relacionado con los incrementos previstos para los años 2019 y 2020, ambos constituyen una farsa descarada con la que el Ejecutivo ha pretendido fingir, después de tantos años de ensañamiento con los trabajadores y con los desempleados, un gesto mínimamente social y de la que, desgraciadamente, se han prestado a formar parte las principales representantes de los trabajadores. Y es que en la fecha misma de este acuerdo, todas las previsiones económicas sobre el desempeño a corto plazo de la economía española apuntan a que tales objetivos –los cuales, además, han de cumplirse acumulativamente- son completamente inalcanzables. De hecho, no faltan indicios para apuntar a que dichas previsiones tenderán a revisarse a la baja, pues poco a poco irán desapareciendo los estímulos exógenos generados por la política de flexibilización cuantitativa del Banco Central Europeo, la caída del precio de las materias primas o la relación en el ajuste fiscal permitida desde Bruselas para consolidar el gobierno conservador. Tomando como referencia, sencillamente, los datos de la Comisión Europea, el crecimiento del PIB real previsto para 2018 y 2019 es, hoy, del 2,54% y del 2,1%, de modo que el incremento previsto para 2019 se vería, ya desde este primer condicionante, imposibilitado. En cuanto a la evolución de la ocupación, el requisito de la creación de 450.000 puestos de trabajo no se cumpliría ninguno de los dos años, pues la previsión de crecimiento del empleo es de 369.600 para 2018 y de 304.600 para 2019. Tales previsiones se realizan sobre la ocupación que, a efectos internos, muestra la Encuesta de Población Activa, la cual recoge el empleo registrado en la Seguridad Social como aquél que es legalmente irregular y, por tanto, incluye un montante de trabajadores que no están en los registros de afiliación que se han establecido como referencia para el objetivo, por lo que los márgenes de incumplimiento de este requisito son realmente elevados En otras palabras, la desviación entre el condicionante de empleo y los resultados reales del mismo, en las previsiones existentes a día de hoy y tendentes a revisarse a la baja, será aún mayor, inhabilitando los incrementos acordados para ambos años (incluido el de 2018 en tanto, como se dijo, se trata de requisitos acumulativos).
El Trabajo Garantizado como estabilizador de la economía
Hacer depender la subida del SMI o la creación de empleo del crecimiento de la actividad productiva es comprender la economía al revés, o confiar demasiado en las potencialidades de una economía en absorber la demanda de otros países a través de las exportaciones. En todo caso, esta estrategia mercantilista de aprovecharse del vecino para mantener el empleo doméstico está acotada a unos pocos países. Alemania, fiel reflejo de esta visión, se caracteriza por una dinámica en la que a pesar de su fortaleza económica como país y la posición privilegiada de sus empresas, los beneficios del crecimiento no llegan a toda la población, dándose la paradoja de ser un país rico que crea trabajadores pobres. Los Programas de Trabajo Garantizado son, además, un importante estabilizador automático de la economía, ampliando su dimensión cuando es necesario sostener la demanda agregada al absorber los trabajadores que son expulsados del sector privado; y reduciéndose al ser contratados éstos por las empresas privadas en épocas de bonanza. Este efecto es justo el contrario que el que provoca el acuerdo de subida del SMI, que retira, de facto, los estímulos cuando son más necesarios, pues las perspectivas económicas sobre España apuntan a una nueva desaceleración.
Nos han vendido humo con el reciente acuerdo. Las políticas del Ejecutivo neutralizan internamente los propios requisitos a los que está sujeta la subida del SMI, cuando no suponen un efecto inocuo si tomamos en consideración el incremento del coste de vida, contextualizándolo dentro de un escenario en que los factores externos que eran favorables parecen tomar otro rumbo más adverso. El hipotético incremento del SMI está siendo vendido como una mejora social que, por su imposibilidad, esconde justamente la realidad contraria. Un nuevo ajuste institucional como el que proponemos con la implantación del TG sostendría el empleo y su calidad, y haría depender el crecimiento de éste, logrando simultáneamente los objetivos de sostenibilidad de la vida y de la naturaleza, porque cómo crecer importa. Que no nos mareen con vanas promesas, queremos tomar la inversión, queremos decidir qué sociedad y qué empleo queremos, y no nos conformamos con las estériles migajas condicionadas a una acumulación de beneficios mal entendida, sostenida por la distribución de rentas entre el trabajo y el capital. El neoliberalismo se encuentra en un callejón sin salida.