No existe ningún “mercado del trabajo”, los trabajadores no tienen ninguna elección, porque si rechazan el ingreso que se les propone desde las empresas, mueren.
Alain Parguez
El Plan de Empleo de Transición1 (PET) es un programa permanente de empleo público de mano de obra no especializada, que no debe confundirse con el empleo en el sector público tradicional ya que está separado de él. El PET ofrece un trabajo a todos los que desean trabajar y están en las condiciones de hacerlo, con una retribución establecida por encima del umbral de pobreza y en condiciones dignas.
El Plan representa una ventaja no solo para quién accede a él, típicamente alguien que ha perdido su propia ocupación anterior en el sector privado, sino también en general para cualquier trabajador, porque ya nadie en el sector privado estará obligado a aceptar remuneraciones que lo fuercen a vivir por debajo del umbral de la pobreza o aceptar condiciones laborales, peligrosas o indignas. Con el Plan se incrementa, empezando por los más débiles, el poder negociador de todos los trabajadores.
El Plan redefine el espacio en el cual las fuerzas de “mercado” en el sistema de compraventa de la fuerza de trabajo2 pueden interactuar, volviendo a priori imposible el desarrollo de situaciones de trabajo degradantes.
Organizado sobre la base territorial local y dirigido a la consecución de objetivos de interés público, este Plan favorece el tránsito de la situación de desocupado a la de empleado en el sector privado – de allí el término “de transición” – y ofrece a los que acceden a él la posibilidad de experimentar un periodo de continuidad laboral planificada, participando concretamente en la vida de la comunidad mediante la propia involucración en el contexto laboral. También, por ejemplo, para quienes han padecido un largo período de privación de libertad, de adicción, de desempleo, y que por esto son percibidos como difícilmente empleables por el sector privado incluso en un entorno de fuerte expansión económica. Con el Plan de Empleo de Transición no solo se eliminan los obstáculos a la participación en el trabajo productivo, sino también para quienes por lo general son discriminados por su procedencia, género o religión. En una situación de desempleo 0% muchos de los problemas críticos derivados del fenómeno de la inmigración son mitigados, entre otras razones, porque nadie podrá percibir al inmigrante como alguien que “roba el trabajo”, puesto que no habrá escasez de puestos de trabajo sino, más bien, escasez de trabajadores desocupados.
Además desde siempre el trabajo es la principal “infraestructura social” en el que el hombre se ubica y adquiere su identidad. La exclusión forzada del trabajo significa exclusión de la colectividad, mientras que la participación en el mundo del trabajo garantiza al hombre una participación en la vida de la colectividad.
Está en el interés de todos los trabajadores, también de aquellos más cualificados, que quienquiera que esté en condiciones de trabajar y desee hacerlo, tenga acceso al trabajo. En economía se puede distribuir, en el plano real de bienes y servicios, solo lo que se crea; por esto es justo que, además de garantizar a todos el ingreso necesario para la vida, se garantice también la inclusión en el circuito de la producción y de la vida activa en la sociedad a quien se encuentra en condiciones de hacerlo.
¿POR QUÉ UN EMPLEO Y NO SOLO UNA RENTA?
Una renta universal incondicional no resuelve el problema crítico de la discriminación en el acceso al mundo productivo y dejaría a los perceptores de tal renta apartados del sistema social que universal e históricamente caracteriza a la Humanidad, basado en el trabajo, sobre el cual las personas construyen cotidianamente el presente y el futuro con sus propios esfuerzos. Se trataría además de una nueva extracción sobre los trabajadores de los resultados de la actividad productiva, una adicional a la que ya ha realizado el capital. Esto involucraría no solo una redistribución de la riqueza real en perjuicio de los trabajadores, sino incluso una reducción de la renta real agregada3 .
Ciertamente es deseable que haya formas de protección para quienes no se encuentran en condiciones de trabajar o para sujetos para los cuales está en el interés público que no trabajen, como por ejemplo los estudiantes, pero en los casos restantes está en el interés público poner la inclusión en el proceso productivo como base de la fuente de ingresos.
1 Conocido también como Employer of Last Resort (ELR) o Plan de Trabajo Garantizado (PEG)
2 El así llamado “mercado del trabajo”
3 A causa de la descomposición de la fuerza de trabajo derivada de su no contribución al trabajo, es plausible una reducción del producto de esa fuerza de trabajo.